Cooperación, movilidad estudiantil e intercambio académico

Aprobado por el Consejo de Universidades Públicas e Instituciones Afines de la ANUIES,en su XIV Reunión Ordinaria, celebrada en la Universidad de Colima los días 3 y 4 de diciembre de 1999

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Anexo 6
Documentos del Grupo de Movilidad Nacional

Introducción

Cada la importancia de establecer, desarrollar y consolidar relaciones entre las universidades nacionales y dar a los estudiantes, profesores y gestores administrativos la oportunidad de familiarizarse con otro tipo de personas, cultura y sobre todo, de otro tipo de vida académica, la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) y las 14 Instituciones que conforman la Red Nacional de Intercambio Académico, con un espíritu de apertura institucional, acuerdan establecer un Programa de Movilidad Nacional con el propósito de permitir a la comunidad académica el intercambio de experiencias académicas, en todas sus modalidades.

La cooperación debe incluir todas las áreas académicas y de administración institucional.

 

1. Reglas para el intercambio de estudiantes

Para poder participar en el Programa de Movilidad Nacional, el estudiante deberá:

1.1. Tener el registro oficial de la universidad de origen el cual será prerrequisito para la aplicación de solicitud en el programa de intercambio; las solicitudes serán llenadas y enviadas a la institución receptora para la aceptación oficial. Los participantes se seleccionarán en la institución de origen.

NOTA: La forma de registro para el Programa de Movilidad Nacional se elaborará de acuerdo a los intereses de las universidades participantes y la ANUIES.

1.2. Haber completado el 50 % del programa de estudio en el que se encuentra registrado y permanecer en este mismo, durante su estancia en la universidad receptora.

1.3. Los estudiantes participantes podrán cursar un semestre ó máximo dos durante el programa.

1.4. Los alumnos participantes en este programa se inscribirán y pagarán los derechos en su institución de origen.

1.5. La universidad de origen determinará los cursos que deberán tomar los estudiantes en los diferentes programas de estudio que sean convenientes para el buen desarrollo académico de éste y realizará una propuesta de homologación de materias que presentará a la universidad de destino quien a su vez determinará si procede continuar el trámite.

NOTA: Las materias o cursos tomados por los estudiantes se aprobarán oficialmente por la universidad de origen. Para cumplir con los requisitos del programa de estudio equivalente, las instituciones participantes acordarán conjuntamente la currícula del semestre a cursar y la valoración de la homologación de materias.

1.6. La institución de destino valorará y evaluará el aprovechamiento académico de los estudiantes recibidos, de la misma forma que evalúa a sus estudiantes propios.

1.7. La institución de origen aceptará de antemano, el sistema de evaluación que la institución receptora tenga establecido.

1.8. Las instituciones participantes deberán informar y proponer una fecha límite para la recepción de solicitudes y respuesta a las mismas.

1.9. El viaje y los gastos de manutención serán sufragados por el alumno participante. Es decir, cubrirán transporte, hospedaje, alimentación y otros gastos, tales como credencial de la universidad receptora, uso de internet y/o correo electrónico, uso de instalaciones especiales, etc.

1.10. La universidad receptora apoyará a los estudiantes en intercambio durante su estancia, orientándolos para facilitar su adaptación durante el período que ellos permanezcan en la ciudad de destino.

 

2. Reglas para el intercambio de profesores

2.1. El intercambio de profesores requiere la aprobación de la universidad de origen y la universidad receptora y se realizará, siempre que el campo de estudio solicitado sea el mismo o lo más compatible, con el de su universidad de origen.

2.2. Los profesores recibirán sus salarios por la institución de origen, durante su estancia, en la institución receptora.

2.3. En este programa se tomarán las plazas persona a persona por tiempo definido, de un semestre a un año académico.

2.4. Las autoridades correspondientes de las universidades participantes en el intercambio, deben aprobar el intercambio en su área de especialización.

2.5. Los profesores se involucrarán en la institución de origen promoviendo la relación entre ambas instituciones, facilitando contactos entre profesores interesados en futuros intercambios.

2.6. La institución receptora brindará hospedaje y alimentación a los profesores visitantes, (máximo dos profesores y durante dos meses). Y los apoyará en intercambios con duración mayor a dos meses, brindándoles la oportunidad de colaborar en trabajos de apoyo a la institución y orientándoles en la selección de alojamiento.

2.7. La universidad de origen brindará viáticos de transporte, para que se puedan trasladar a la universidad receptora.

 

3. Implementación

3.1. En este Programa de Movilidad Nacional se debe nombrar a un Coordinador General de la ANUIES, para la correcta implementación del mismo; particularmente, para la preparación distribución y actualización de estadísticas pertinentes sobre la participación en el programa. Además dicho programa se revisará cada dos años para efectuar las modificaciones que se requieran.

3.2. El responsable de la Unidad de Intercambio Académico de cada Universidad participante será quien Coordine el Programa y debe enviar al Coordinador General de la ANUIES sus datos (nombre, título, dirección, teléfono, número de fax, correo electrónico, etc.) para elaborar y difundir la lista de los coordinadores del Programa de Movilidad Nacional en cada una de las universidades.

3.3. El Coordinador del Programa de Movilidad Nacional en las diferentes universidades, es responsable de transmitir las solicitudes de los candidatos de su institución a las personas encargadas en las universidades receptoras, conforme a las opciones señaladas en la forma de registro del candidato.

Cada una de las solicitudes debe incluir los siguientes documentos:

Formato de registro debidamente cumplimen-tado.

Recomendación del Director, Secretario Académico o su equivalente de la Facultad o Escuela de origen.

Carta de Autorización, la cual permita cursar el o los semestres en otra universidad y que además se autorice la revalidación de materias.

Propuesta de la Carta de Homologación de Materias.

Historia Académica del alumno.

Carta de exposición de motivos, señalando las razones de su participación en el programa de movilidad nacional e indicando sus objetivos de estudio.

Curriculum Vitae actualizado.

Certificado Médico de buena salud (emitida por una institución oficial).

Comprobante de afiliación al seguro facultativo que emite la universidad, así como el compromiso de tramitar su traslado a la ciudad de destino.

Dos fotografías tamaño credencial.

Cumplir con todos los requisitos específicos establecidos por la universidad de origen y la de destino.

3.4. El Coordinador del Programa de Movilidad Nacional de cada universidad participante, deberá enviar al Coordinador General de la ANUIES una copia del formato de registro de dicho programa, por cada uno de los candidatos; y posteriormente el listado oficial de los estudiantes aceptados.

3.5. Cada una de las universidades participantes deberá promover el Programa de Movilidad Nacional en su comunidad. Con esta finalidad, las universidades deberán intercambiar todos los documentos que proporcionen información a los candidatos sobre los programas de estudio disponibles en otras universidades.

3.6. El número de estudiantes que serán admitidos en el Programa de Movilidad Nacional, se determinará por mutuo acuerdo entre las partes contratantes.

3.7. La selección de los candidatos debe hacerse con tiempo suficiente para que la documentación sea recibida por los Coordinadores de las universidades receptoras.

NOTA: La fecha de recepción de documentos se especificará previo acuerdo.

3.8. Los candidatos aceptados para el intercambio serán notificados de la decisión por la universidad receptora, a través del Coordinador de este programa en cada institución.

3.9. Los estudiantes participantes deberán obtener un seguro de gastos médicos mayores que les proporcione protección adecuada y que será sufragado por ellos mismos.

 

4. Proyectos conjuntos

Las instituciones que manifiesten su deseo de llevar a cabo proyectos conjuntos en el campo de la investigación y la docencia serán apoyadas, incluyendo los proyectos en el área con la cual exista mutuo interés del personal académico de cada institución.

 

5. Intercambio de personal administrativo

Las instituciones participantes en este programa pretenden también realizar programas de intercambio con personal administrativo. Las personas participantes en el intercambio, la naturaleza del mismo y otros aspectos de contenido y organización, serán acordados por las autoridades correspondientes de cada una de las instituciones.

 

6. Otras

Asimismo se contemplaran todas aquellas modalidades que las instituciones firmantes consideren de interés para su desarrollo académico como son
Estancias cortas y medianas.

Asesorías de tesis.

Servicio social y prácticas profesionales.

Educación a distancia. Etc.

 

7. Reporte final

Los participantes del programa elaborarán un reporte final que remitirán al Coordinador de su universidad.

El reporte final del Programa de Movilidad Nacional será elaborado por los Coordinadores de acuerdo al intercambio realizado y siguiendo los procedimientos de la institución de origen. Este deberá ser remitido al Coordinador General de la ANUIES.

NOTA: Este programa de Movilidad Nacional será evaluado por las Universidades adheridas al Convenio en un lapso de 3 años para valorar la conveniencia de ampliar, continuar o finiquitar el mismo.



 

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